Detailed Notes on banco de concreto com encosto
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Serán aplicables en el caso de esos productos las disposiciones del artworkÃculo XIX del GATT de 1994, interpretadas por el Acuerdo sobre Salvaguardias.
Reconociendo la difÃcil situación en la que se encuentran los paÃses menos adelantados y la necesidad de asegurar su participación efectiva en el sistema de comercio mundial y de adoptar nuevas medidas para mejorar sus oportunidades comerciales;
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Reconociendo la necesidad de llegar a un común entendimiento de las obligaciones contraÃdas por los Miembros en virtud del párrafo 12 del artÃculo XXIV;
four. Los Ministros celebran el hecho de que la participación en la Ronda Uruguay haya sido considerablemente más amplia que en cualquier negociación comercial multilateral anterior y, en unique, la función notablemente activa desempeñada en ella por los paÃses en desarrollo; ello marca un hito histórico en el camino hacia una mancomunidad comercial mundial más equilibrada e integrada.
d) el otorgamiento de subvenciones para reducir los costos de comercialización de las exportaciones de productos agropecuarios (excepto los servicios de asesoramiento y promoción de exportaciones de amplia disponibilidad) incluidos los costos de manipulación, perfeccionamiento y otros gastos de transformación, y los costos de los transportes y fletes internacionales;
7. En cada caso en que de una lista anexa al presente Protocolo resulte para determinado producto un trato menos favorable que el previsto para ese producto en las Listas anexas al GATT de 1947 antes de la entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC, se considerará que el Miembro al que se refiere la Lista ha adoptado las medidas apropiadas que en otro caso habrÃan sido necesarias de conformidad con las disposiciones pertinentes del artÃculo XXVIII del GATT de 1947 o del GATT de 1994.
Tomando nota de que, aun cuando el problema de la elusión de los derechos antidumping ha sido uno de los temas tratados en las negociaciones que han precedido al Acuerdo relativo a la Aplicación del ArtworkÃculo VI del GATT de 1994, las negociaciones no han podido llegar a un acuerdo sobre un texto concreto,
Los paÃses menos adelantados dispondrán de un plazo adicional de un año, contado a partir del fifteen de abril de 1994, para presentar sus listas con arreglo a lo dispuesto en el artÃculo XI del Acuerdo get more info por el que se establece la Organización Mundial del Comercio.
Conscientes de la conveniencia de puedan aplicarse normas uniformes en esta esfera lo más pronto posible,
2. Cuando un Miembro exija a los proveedores de servicios financieros de cualquier otro Miembro la afiliación o el acceso a una institución reglamentaria autónoma, bolsa o mercado de valores y futuros, organismo de compensación o cualquier otra organización o asociación, o su participación en ellos, para suministrar servicios financieros en pie de igualdad con los proveedores de servicios financieros del Miembro, o cuando otorgue a esas entidades, directa o indirectamente, privilegios o ventajas para el suministro de servicios financieros, dicho Miembro se asegurará de que esas entidades otorguen trato nacional a los proveedores de servicios financieros de cualquier otro Miembro residentes en su territorio.
six. Salvo estipulación en contrario en el presente Acuerdo, sus disposiciones no afectaran a los derechos y obligaciones que correspondan a los Miembros en virtud de las disposiciones del Acuerdo sobre la OMC y de los Acuerdos Comerciales Multilaterales.
d) si la diferencia es superior al 60 por ciento pero inferior o igual al seventy five por ciento, el derecho adicional será igual al 70 por ciento de la cuantÃa en que la diferencia exceda del sixty por ciento del precio de activación, más los derechos adicionales permitidos en virtud de los apartados b) y c);
Tomando nota de que los compromisos en el marco del programa de reforma deben contraerse de manera equitativa entre todos los Miembros, tomando en consideración las preocupaciones no comerciales, entre ellas la seguridad alimentaria y la necesidad de proteger el medio ambiente; tomando asimismo en consideración el acuerdo de que el trato especial y diferenciado para los paÃses en desarrollo es un elemento integrante de las negociaciones, y teniendo en cuenta los posibles efectos negativos de la aplicación del proceso de reforma en los paÃses menos adelantados y los paÃses en desarrollo importadores netos de productos alimenticios;